Resumen de la implementación de las normas de la AEVM relativas a los CFD para clientes minoristas de IBIE e IBCE

Overview: 

Los CFD son instrumentos complejos y están asociados a un riesgo elevado de perder dinero rápidamente debido al apalancamiento.

El 63.7 % de las cuentas de inversores minoristas pierden dinero al negociar CFD con IBKR.

Deberá considerar si entiende el funcionamiento de los CFD y si puede permitirse asumir el riesgo elevado de perder su dinero.

La Asociación Europea de Valores y Mercados (AEVM) ha implementado nuevas normas aplicables a los clientes minoristas que operen en CFD, en vigor a partir del 1.º de agosto de 2018. Los clientes profesionales no se ven afectados.

Los reguladores nacionales han adoptado las normas de la AEVM de manera permanente.

Las normas consisten en: 1) límites de apalancamiento; 2) una norma de cierre de margen sobre una base por cuenta; 3) protección de saldo negativo sobre una base por cuenta; 4) una restricción de los incentivos ofrecidos para operar en CFD y 5) una advertencia de riesgo estandarizada.

La mayoría de los clientes (excepto las entidades reguladas) inicialmente se clasifican en la categoría de clientes minoristas. En ciertas circunstancias, IBKR podrá aceptar la reclasificación de cliente minorista a cliente profesional, o de cliente profesional a cliente minorista. Consulte la Clasificación del MiFID para obtener más información.

En las secciones siguientes se muestra la manera en la que IBKR ha implementado la decisión de la AEVM.

1 Límites de apalancamiento

 1.1 Márgenes estipulados por la AEVM
La AEVM ha establecido límites de apalancamiento a diferentes niveles en función del subyacente:

  • 3.33 % para los principales pares de divisas. Los principales pares de divisas son cualquier combinación de USD, CAD, EUR, GBP, CHF y JPY
  • 5 % para pares de divisas no principales e índices principales.
    • Los pares de divisas no principales son aquellos que incluyen una combinación con una divisa no especificada anteriormente, por ejemplo, USD.CNH
    • Los índices principales son IBUS500, IBUS30, IBUST100, IBGB100, IBDE30, IBEU50, IBFR40, IBJP225 y IBAU200
  • 10 % para índices no principales; IBES35; IBCH20; IBNL25; IBHK50
  • 20 % para acciones individuales

 1.2 Márgenes aplicados - Requisitos

Además de los márgenes de la AEVM, IBKR establece sus propios requisitos de margen (márgenes IB) en función de la volatilidad histórica del subyacente y otros factores. Se aplicarán los márgenes IB en caso de que sean superiores a los prescritos por la AEVM.

Puede encontrar más información sobre los márgenes IB y AEVM aplicables aquí.

1.2.1 Márgenes aplicados - Concentración mínima

Se aplicará un cargo por concentración en caso de que la cartera contenga un número pequeño de posiciones en CFD o acciones, o si las dos posiciones más grandes tuvieran una ponderación dominante. Se lleva a cabo una prueba de estrés, aplicando unos movimientos adversos del 30 % y del 5 % en las dos posiciones más grandes y en las posiciones restantes, respectivamente. Se utilizará la pérdida total como requisito de margen de mantenimiento en caso de que sea mayor que el requisito estándar para las posiciones en acciones y CFD combinadas. Tenga en cuenta que la comisión por concentración es el único caso en el cual el margen de las posiciones en CFD y acciones se calcula de conjunto.

1.3 Financiación de los requisitos de margen inicial

Solo puede utilizar efectivo para cubrir el margen inicial para abrir una posición en CFD.

Inicialmente, todo el efectivo utilizado para financiar la cuenta se encuentra disponible para la negociación de CFD. Todos los requisitos de margen inicial para otros instrumentos y efectivo utilizado para comprar acciones al contado reducen el efectivo disponible. Si su compra de acciones al contado ha creado un préstamo de margen, no habrá fondos disponibles para negociar CFD incluso si su cuenta tiene un capital significativo. De acuerdo con las normas de la AEVM, no podemos incrementar un préstamo de margen para financiar el margen para CFD.

Las ganancias de CFD realizadas se incluyen en efectivo, y están disponibles inmediatamente. No es necesario que el efectivo se liquide antes. No obstante, las ganancias no realizadas no pueden utilizarse para cumplir los requisitos de margen inicial.

2 Regla de cierre de posiciones abiertas basada en el margen

2.1 Cálculos y liquidaciones del margen de mantenimiento.

La AEVM exige que IBKR liquide las últimas posiciones en CFD cuando el capital de calificación disminuya por debajo del 50 % del margen inicial depositado para abrir las posiciones. IBKR podrá cerrar posiciones antes si nuestra visión del riesgo es más conservadora. El capital de calificación para este fin incluye CFD al contado y PyG de CFD no realizadas (positivo y negativo). Deberá observar que el CFD al contado excluye efectivo que admita los requisitos de margen para otros instrumentos. 

La base para este cálculo es el margen inicial registrado en el momento de abrir una posición en CFD. Es decir, a diferencia de los cálculos de margen aplicables a otras posiciones no CFD, la cantidad del margen inicial no varía cuando el valor de la posición abierta cambia.

2.1.1 Ejemplo

Tiene 2000 EUR al contado en su cuenta y no tiene posiciones abiertas. Quiere comprar 100 CFD de XYZ a un precio límite de 100 EUR. Primero se le asignan 50 CFD y después los 50 restantes. Su capital disponible se reduce cuando sus operaciones se ejecutan:

 

Saldo

Capital*

Posición

Precio

Valor

PyG no realizadas

MI

MM

Efectivo disponible

Violación MM

Prenegociación

2000

2000

 

 

 

 

 

 

2000

 

Posnegociación 1

2000

2000

50

100

5000

0

1000

500

1000

No

Posnegociación 2

2000

2000

100

100

10000

0

2000

1000

0

No

 *La liquidez es igual al efectivo más las PyG no realizadas

El precio aumenta a 110. Su liquidez es ahora de 3000, pero no puede abrir posiciones adicionales porque su capital disponible es todavía 0 y, de conformidad con la normativa de la AEVM, IM y MM permanecen sin cambios:

 

Saldo

Capital

Posición

Precio

Valor

PyG no realizadas

MI

MM

Efectivo disponible

ViolaciónMM

Cambio

2000

3000

100

110

11000

1000

2000

1000

0

No

 El precio baja a 95. Su liquidez baja a 1500, pero no hay violación de margen ya que está todavía por encima del requisito de 1000:

 

Saldo

Capital

Posición

Precio

Valor

PyG no realizadas

MI

MM

Efectivo disponible

Violación MM

Cambio

2000

1500

100

95

9500

(500)

2000

1000

0

No

 El precio cae una vez más a 85, lo que causa una violación de margen y la activación de la liquidación:

 

Saldo

Capital

Posición

Precio

Valor

PyG no realizadas

MI

MM

Efectivo disponible

Violación MM

Cambio

2000

500

100

85

8500

(1500)

2000

1000

0

 3 Protección de liquidez negativa

La decisión AEVM limita su responsabilidad relacionada con CFD a los fondos dedicados a la negociación en CFD. Otros instrumentos financieros (p. ej., acciones o futuros) no pueden liquidarse para satisfacer un déficit de margen de CFD.*

Por este motivo, los activos que no sean CFD no son parte de su capital en riesgo por la negociación de CFD. 

En caso de perder más efectivo que el dedicado a la negociación de CFD, IB deberá liquidar la pérdida. 

Como la protección de liquidez negativa representa riesgos adicionales para IBKR, cargaremos a los inversores minoristas un diferencial de financiación adicional del 1 % para posiciones en CFD mantenidas trasnoche. Podrá encontrar más información sobre los tipos de financiación de CFD aquí.

*Aunque no podemos liquidar posiciones no CFD para cubrir un déficit de CFD, podemos liquidar posiciones en CFD para cubrir un déficit no CFD.